La fórmula, de acuerdo con la legislación vigente sobre cómo calcular el aforo de una piscina comunitaria este 2021 va a depender de la comunidad autónoma en la que se encuentre ubicada.
Dicho de otra forma, no aplica la misma normativa en Madrid que en Andalucía, por mencionar un ejemplo. Este es un aspecto que se debe tener en consideración.
Por esta razón, explicamos cómo calcular el aforo de una piscina comunitaria , tomando en cuenta los aspectos más resaltantes contemplados en las leyes de tres las más importantes comunidades autónomas del territorio español.
Madrid: Aforo de piscinas al 60 % del total
La Orden 572/2021 del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid -de fecha 7 de mayo de 2021- introduce las normas y restricciones que deben acatar las piscinas comunitarias existentes para continuar en la lucha contra la COVID-19.
Las piscinas para uso recreativo, ya sean cubiertas o al aire libre, limitarán el ingreso al 60 % de su capacidad de aforo, tanto para la entrada a las instalaciones como durante la estancia. Cada usuario dispondrá de 3 metros cuadrados de superficie en la zona de playa o recreo.
Si en tu condominio tienes una piscina con un vaso de 20 metros de largo por 8 de ancho, significa que la superficie total del vaso es de 160 metros cuadrados. Este número se obtiene al multiplicar el largo por el ancho del vaso de tu piscina.
A partir de este punto las dos preguntas que debes hacerte son:
- ¿Cuál es el aforo total del vaso de mi piscina?
- ¿Cuánto sería el aforo permitido, de acuerdo a lo que dice la normativa de mi comunidad?
Para responder a estas interrogantes, debes ver qué dice la normativa de tu comunidad autónoma. En el caso de Madrid, cada bañista cuenta con un espacio de 3 metros cuadrados y solo se permite el 60 % del aforo total.
Para obtener el aforo total del vaso de tu piscina, basta con dividir la superficie total de vaso entre los metros cuadrados permitidos por persona.
En vuestro caso sería la división de los 160 metros cuadrados de la superficie del vaso entre los 3 metros de distanciamiento. Al realizar la operación da 53,33. Este número viene a representar el aforo total.
Pero no termina allí. Recordemos que Madrid contempla un aforo permitido de 60 %. Es decir que, para un vaso de tales dimensiones, el ingreso máximo permitido es de 31,99 (32) personas, ya que esa cantidad es el 60 % de 53,33.
En conclusión, para una piscina comunitaria con un vaso de 20 metros de largo por 8 de ancho ubicada en Madrid, el aforo máximo que debes permitir será de 32 personas.
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Comunidad valenciana: 75 % del aforo ordinario
Mediante la resolución de la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana, publicada el pasado 8 de mayo de 2021 y actualizada 10 días después, se contemplan algunas normas sobre cómo calcular el aforo de una piscina comunitaria este 2021 en dicha comunidad autónoma.
Se debe permitir el ingreso de hasta 75 % con respecto al aforo ordinario de la instalación y del vaso de la piscina. Sin embargo, en las duchas y vestuarios se reduce al 50 %, respetando las medidas de distanciamiento y de seguridad, como el obligatorio uso de la mascarilla -excepto durante el baño-.
También contempla la distancia de seguridad de al menos 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.
Los responsables de las instalaciones deben facilitar las señalizaciones necesarias para que los usuarios guarden la distancia requerida con facilidad, así como establecer un sistema de acceso que evite la aglomeración de personas.
Sigamos la fórmula del ejemplo anterior. Lo único que cambiará es la distancia entre bañistas, que es de 1,5 metros cuadrados y no de 3 como en Madrid.
Recordemos que la piscina cuenta con un vaso de 20 metros de largo por 8 de ancho, lo que implica que la superficie total del vaso es de 160 metros cuadrados. Eso se mantiene.
También recordemos las dos preguntas clave:
- ¿Cuál es el aforo total del vaso de mi piscina?
- ¿Cuánto sería mi aforo permitido, de acuerdo a lo que dice la normativa de mi comunidad?
Para obtener el aforo total del vaso de tu piscina, divides la superficie total de vaso entre los metros cuadrados permitidos por persona.
En esta oportunidad se trata de la división de los 160 metros cuadrados de la superficie del vaso entre los 1,5 metros de distanciamiento. Al realizar la operación da 106,66. Este número viene a representar el aforo total para una piscina de tales dimensiones.
La comunidad valenciana contempla un aforo permitido de 75 %. Es decir que, para un vaso de tales dimensiones, el aforo máximo a permitir es de 80 personas, ya que esa cantidad es el 75 % de 106,66.
En conclusión, para una piscina comunitaria con un vaso de 20 metros de largo por 8 de ancho ubicada en la comunidad valenciana, el aforo máximo que debes permitir será de 80 personas.
Andalucía: depende de los niveles de alerta
La Consejería de Sanidad de la Junta de Andalucía contempla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía varios niveles de alerta con respecto al aforo en las piscinas comunitarias, según se recoge de lo publicado el pasado 7 de mayo de 2021.
✅ Nivel de alerta 1: hasta el 100 % tanto en piscinas al aire libre y en piscinas interiores, del aforo permitido.
✅ Nivel de alerta 2: hasta el 100 % al aire libre y el 75 % en piscinas interiores, del aforo permitido.
✅ Nivel de alerta 3: hasta el 75 % en piscinas al aire libre y 50 % en piscinas interiores, del aforo permitido.
✅ Nivel de alerta 4, hasta el 50 % en piscinas al aire libre y 30 % en piscinas interiores, del aforo permitido.
En todos los casos, la distancia interpersonal es de 1,5 metros cuadrados.
Tomemos el nivel de alerta 4 y apliquemos la fórmula para el vaso de una piscina, como los ejemplos anteriores, de 20 por 8 metros que resultan en una superficie total de 160 metros al cuadrado y, por consiguiente, en un aforo de 106,66 bañistas si se toma la distancia interpersonal mencionada anteriormente, que curiosamente coincide con la de la comunidad valenciana.
Eso responde la primera de las dos interrogantes planteadas al principio, que es cuál es el aforo total del vaso de mi piscina.
En Andalucía tenemos dos escenarios:
Si la piscina es al aire libre, el aforo máximo permitido es de 50 % sobre el total. El 50 % de 106,66 bañistas es 53,33 (53) personas.
Si la piscina es cubierta, el aforo máximo permitido es de 30 %, de acuerdo con la legislación vigente. El 30 % de 106,66 bañistas es 35,19 (35) usuarios.
De esta manera damos respuesta a la segunda pregunta clave, que es cuánto sería mi aforo permitido, de acuerdo a lo que dice la normativa de mi comunidad.
Para concluir, independientemente de a qué comunidad autónoma se pertenezca, esta sencilla fórmula permitirá obtener la superficie total de una piscina, la capacidad total y cómo calcular el aforo de una piscina comunitaria este 2021.
De igual manera, existen sitios en internet con calculadoras programadas que realizan estos cálculos. Solo se debe introducir el ancho y el largo de la piscina, así como la distancia interpersonal y el porcentaje del aforo permitido por las legislaciones vigentes.